Guía fiscal 28 feb 2026 · 12 min de lectura

Cómo facturar correctamente como autónomo en España en 2026

Guía completa para facturar como autónomo en 2026: requisitos legales, IVA (21%, 10%, 4%), retención de IRPF (15% o 7%), numeración correlativa, Verifactu y ejemplos prácticos paso a paso.

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Equipo Faconia
Faconia
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Para facturar correctamente como autónomo en España en 2026 necesitas cumplir cuatro requisitos básicos: incluir todos los datos obligatorios en cada factura, aplicar el tipo de IVA correcto (21%, 10%, 4% o exento), retener IRPF cuando corresponda (15% general o 7% para nuevos autónomos) y mantener una numeración correlativa sin saltos. Además, desde diciembre de 2026 deberás usar software certificado por la AEAT bajo el sistema Verifactu.

En esta guía te explicamos cada punto con ejemplos reales, cálculos paso a paso y referencias a la normativa vigente para que no tengas dudas. Está escrita por el equipo de Faconia, que lleva más de dos años ayudando a autónomos españoles a facturar desde Telegram sin errores fiscales.

¿Qué datos debe incluir una factura de autónomo?

El Real Decreto 1619/2012 (Reglamento de facturación) establece los datos que toda factura completa debe contener. Si falta alguno, Hacienda puede considerar la factura inválida y tu cliente podría perder el derecho a deducirse el IVA.

Los campos obligatorios son:

  • Número de factura: correlativo dentro de una serie, sin saltos ni repeticiones.
  • Fecha de expedición: el día en que emites la factura.
  • Datos del emisor: nombre y apellidos (o razón social), NIF y domicilio fiscal.
  • Datos del receptor: nombre, NIF y domicilio del cliente.
  • Descripción de los servicios o productos: lo suficientemente detallada para identificar la operación.
  • Base imponible: el importe antes de impuestos.
  • Tipo y cuota de IVA: el porcentaje aplicado y la cantidad resultante.
  • Retención de IRPF: si aplica, el porcentaje y la cantidad retenida.
  • Importe total: base + IVA - IRPF (lo que el cliente debe pagar).

Si emites facturas simplificadas (tickets), los requisitos son menores, pero solo puedes emitirlas en ciertos supuestos y hasta 400 € por operación.

IVA para autónomos: qué tipo aplicar en cada caso

El Impuesto sobre el Valor Añadido tiene cuatro posibles tipos en España, regulados por la Ley 37/1992 del IVA:

IVA general: 21%

Es el tipo que aplica la mayoría de autónomos. Si eres diseñador, programador, consultor, fotógrafo, traductor o prestas servicios profesionales, tu tipo es el 21%. Según datos del INE, más del 70% de los autónomos en España aplican este tipo.

IVA reducido: 10%

Se aplica a actividades como hostelería, transporte de viajeros, obras de renovación de viviendas, actividades culturales (cine, teatro, espectáculos en vivo) y ciertos productos alimentarios elaborados.

IVA superreducido: 4%

Reservado para productos de primera necesidad: pan, leche, huevos, frutas, verduras, libros, periódicos, medicamentos de uso humano y prótesis.

Exención de IVA

Algunas actividades están exentas (artículo 20 de la Ley del IVA): enseñanza, asistencia sanitaria, servicios de seguros y operaciones financieras. Si tu actividad está exenta, emites factura sin IVA pero debes indicar el motivo de la exención.

Para ver en detalle qué tipo corresponde a tu actividad, consulta nuestra guía de tipos de IVA por actividad.

Ejemplo práctico de cálculo con IVA al 21%

Imagina que has hecho un trabajo de diseño gráfico por 1.000 €:

  • Base imponible: 1.000 €
  • IVA 21%: 210 €
  • Total factura: 1.210 €

Si tu cliente es empresa o profesional y te corresponde retener IRPF, el cálculo cambia (lo vemos en la siguiente sección).

IRPF: cuándo retener y cuánto

La retención de IRPF es un pago anticipado del impuesto sobre la renta que tu cliente ingresa a Hacienda en tu nombre. No es un gasto: es dinero tuyo que Hacienda recibe por adelantado y que luego ajustas en la declaración anual.

¿Cuándo debes incluir retención de IRPF?

Debes retener IRPF cuando se cumplan todas estas condiciones:

  • Realizas actividades profesionales (epígrafes de la sección 2 del IAE: consultoría, diseño, programación, traducción, fotografía...).
  • Tu cliente es una empresa o profesional, no un particular.
  • El cliente está establecido en España.

Si tu actividad es empresarial (comercio, hostelería, fabricación), generalmente no aplicas retención en tus facturas, sino que haces pagos fraccionados trimestrales con el modelo 130.

Tipos de retención vigentes

  • 15%: tipo general para actividades profesionales.
  • 7%: tipo reducido para nuevos autónomos (el año de alta y los dos siguientes, según el artículo 101.5 de la Ley 35/2006 del IRPF). Debes comunicarlo al cliente por escrito.

Para profundizar en todos los casos, lee nuestra guía completa sobre retención de IRPF.

Ejemplo práctico con IVA e IRPF

Mismo trabajo de diseño de 1.000 €, facturando a una empresa española:

  • Base imponible: 1.000 €
  • IVA 21%: +210 €
  • IRPF 15%: −150 €
  • Total a cobrar: 1.060 €

La empresa paga 1.060 € al autónomo y 150 € directamente a Hacienda. El autónomo recibe menos dinero inmediato, pero luego lo compensa en la declaración de la renta.

Numeración correlativa: cómo hacerlo bien

El artículo 6.1 del Reglamento de facturación (RD 1619/2012) exige que las facturas lleven una numeración correlativa sin saltos dentro de cada serie. Esto significa que no puedes saltar números, ni repetirlos, ni dejar huecos.

Formatos de numeración válidos

La ley no impone un formato concreto, pero sí exige que sea correlativo. Algunos formatos habituales:

  • Secuencial simple: 001, 002, 003...
  • Con prefijo de año: 2026-001, 2026-002...
  • Con serie: A-001, A-002... (puedes tener series distintas para diferentes actividades o tipos de cliente).

Lo importante es que dentro de cada serie la numeración sea continua. Para más detalles, consulta nuestra guía sobre formato de numeración de facturas.

¿Qué pasa si me equivoco o anulo una factura?

Una factura emitida nunca se borra. Si contiene un error o el cliente no paga, debes emitir una factura rectificativa que haga referencia a la original. La factura original mantiene su número y la rectificativa recibe el siguiente número correlativo (o un número dentro de una serie específica de rectificativas).

Los cambios de 2026: Verifactu y software certificado

A partir del 1 de diciembre de 2026, todos los autónomos y empresas que emitan facturas en España deberán usar un software de facturación certificado por la AEAT bajo el sistema Verifactu (Real Decreto 1007/2023). Las principales implicaciones son:

  • Cada factura genera un registro firmado con hash SHA-256 encadenado al anterior, garantizando que no se pueda modificar ni eliminar.
  • El software debe generar un código QR en cada factura para verificación.
  • Las sanciones por usar software no certificado pueden alcanzar los 50.000 € por ejercicio fiscal.
  • Si usas Excel, Word o plantillas manuales, deberás migrar obligatoriamente antes de esa fecha.

Te lo explicamos en detalle en nuestro artículo sobre Verifactu: qué es, cuándo entra en vigor y qué tienes que hacer.

Paso a paso: cómo emitir tu primera factura

Si estás empezando como autónomo, este es el proceso resumido para emitir una factura correcta:

  1. Confirma tu situación fiscal. Asegúrate de estar dado de alta en Hacienda (modelo 036 o 037) y conocer tu epígrafe de IAE. Si acabas de darte de alta, puedes consultar nuestra guía sobre cómo darte de alta como autónomo online.
  2. Reúne los datos del cliente. Necesitas su nombre o razón social, NIF y domicilio fiscal. Para clientes extranjeros, las reglas cambian: consulta nuestra guía de facturación a clientes extranjeros.
  3. Determina el tipo de IVA. Revisa tu actividad y aplica el tipo correcto (21%, 10%, 4% o exento).
  4. Decide si retener IRPF. Si eres profesional y facturas a empresa española, sí. Si eres empresario o facturas a particulares, no.
  5. Asigna el número correlativo. Debe ser el siguiente al de tu última factura, sin saltos.
  6. Emite y envía. Genera el PDF, envíalo al cliente y guarda una copia. Recuerda que debes conservar las facturas durante un mínimo de 4 años (artículo 29 de la Ley General Tributaria).

Errores más comunes al facturar

Basándonos en los datos de más de 10.000 facturas generadas a través de Faconia, estos son los errores que vemos con más frecuencia:

  • No retener IRPF cuando toca (o retener cuando no corresponde). Es el error número uno.
  • Aplicar el tipo de IVA equivocado. Especialmente en actividades con tipo reducido o exento.
  • Saltar números en la serie. Suele pasar cuando anulas una factura borrándola en lugar de emitir una rectificativa.
  • Datos fiscales incompletos. Olvidar el NIF del cliente, la dirección o la descripción detallada del servicio.
  • No guardar copia de la factura. Hacienda exige conservarlas 4 años como mínimo.

Obligaciones trimestrales asociadas a la facturación

Facturar es solo una parte del ciclo fiscal. Cada trimestre debes presentar varios modelos ante Hacienda:

  • Modelo 303: liquidación trimestral de IVA. Declaras el IVA cobrado menos el IVA soportado. Guía del modelo 303.
  • Modelo 130: pago fraccionado de IRPF (si tu actividad es empresarial o si no retienes en todas tus facturas). Guía del modelo 130.
  • Modelo 115: si pagas alquiler de local con retención.

Consulta nuestro calendario completo de obligaciones trimestrales para no olvidar ningún plazo.

Cómo Faconia simplifica todo este proceso

Faconia es una herramienta de facturación que funciona por conversación en Telegram. En lugar de rellenar formularios, le dices al bot en lenguaje natural qué quieres facturar y el sistema se encarga del resto:

  • IVA e IRPF automáticos: el bot aplica el tipo correcto según tu actividad y el tipo de cliente. Solo tienes que decir "con retención" o "sin IVA" si quieres modificar el comportamiento por defecto.
  • Numeración correlativa garantizada: cada factura recibe automáticamente el siguiente número de tu serie. No hay saltos ni errores.
  • Preparada para Verifactu: Faconia está en proceso de certificación y estará lista antes de diciembre de 2026.
  • 30 segundos por factura: desde el audio de Telegram hasta el PDF listo para enviar.

Preguntas frecuentes sobre facturación para autónomos

¿Puedo facturar sin ser autónomo?

Hay algunos supuestos muy limitados en los que puedes emitir factura sin estar dado de alta como autónomo, pero en la práctica necesitas estar de alta si la actividad es habitual. Lo explicamos en detalle en ¿Se puede facturar sin ser autónomo?

¿Qué diferencia hay entre factura y presupuesto?

El presupuesto es un documento previo sin valor fiscal. La factura es el documento oficial que genera obligaciones tributarias. Más detalles en presupuesto vs factura.

¿Puedo emitir facturas a clientes de otros países de la UE?

Sí, pero las reglas de IVA cambian. En operaciones intracomunitarias B2B, generalmente aplicas inversión del sujeto pasivo (IVA 0%) y debes incluir el número de operador intracomunitario. Consulta nuestra guía de facturación intracomunitaria.

¿Cuánto tiempo debo guardar las facturas?

La Ley General Tributaria establece un plazo de prescripción de 4 años. Durante ese período, Hacienda puede revisar tus facturas. Es recomendable conservarlas al menos 5 años para mayor seguridad.

¿Qué pasa si emito una factura con errores?

Debes emitir una factura rectificativa. Nunca borres ni modifiques la factura original. La rectificativa corrige los datos erróneos y hace referencia a la factura original.

Fuentes y referencias oficiales

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